La Mesa Enfermera denunciará a cualquier oficina privada de farmacia de Madrid que no cumpla los requisitos exigidos para hacer test COVID-19

  • El Consejo General de Enfermería (CGE) y el Sindicato de Enfermería, SATSE, critican que el Gobierno de Madrid haya primado y favorecido los intereses de la empresa privada en lugar de preservar el bien general de proteger la salud y seguridad de las personas.

  • La Mesa de la Profesión Enfermera pide a los profesionales de Atención Primaria que no deriven pacientes a las farmacias para hacerse el test al tratarse de una práctica lucrativa de los empresarios farmacéuticos que conlleva una clara privatización y descapitalización de la sanidad pública.

  • La Mesa recuerda que el rechazo a la realización de este tipo de pruebas en las farmacias ha sido defendida por la práctica totalidad de organizaciones profesionales y sociedades científicas de Enfermería y Medicina de nuestro país por el riesgo que conlleva para la salud y seguridad de las personas y así lo han compartido todas las comunidades autónomas, excepto Madrid.

Madrid, 5 de febrero de 2021.- La Mesa de la Profesión Enfermera, integrada por el Consejo General de Enfermería (CGE) y el Sindicato de Enfermería, SATSE, realizará un seguimiento pormenorizado y riguroso de las oficinas privadas de farmacia que han empezado a realizar test para la detección del COVID-19 en la Comunidad de Madrid, para comprobar que se cumplen todos los requisitos establecidos por el Ministerio de Sanidad. En caso de constatar algún incumplimiento, emprenderá las acciones legales pertinentes para acabar con una actividad que pone en riesgo la seguridad y salud de las personas que acuden a estos establecimientos comerciales.

La Mesa de la Profesión Enfermera sigue manteniendo su absoluto rechazo a la realización de este tipo de pruebas en las oficinas privadas de farmacia y, por ello, denunciará cualquier caso que no cumpla los condiciones que trasladó el Ministerio de Sanidad a la Consejería de Sanidad madrileña para posibilitar su puesta en marcha.

Entre otros requisitos, la Mesa recuerda que, según la Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control del COVID-19 del Ministerio de Sanidad, los estudios de cribado podrán considerarse en determinadas situaciones de alta tasa de transmisión en un área geográfica determinada o en la población diana del cribado, y solo se emplearán las pruebas rápidas de detección si los recursos de PCR estuvieran limitados.

También se subraya que las instrucciones de uso de los test establecidas por el fabricante contemplan la realización a personas con criterios clínicos y/o epidemiológicos de COVID-19, como son las personas sintomáticas, los contactos estrechos de casos confirmados asintomáticos y las personas asintomáticas en entornos de elevada transmisión y riesgos epidemiológicos, apuntándose que el uso de estos test debe estar alineado con la finalidad prevista por el fabricante

En las condiciones trasladadas por el Ministerio de Sanidad a la consejería madrileña se apunta, además, que se debe seleccionar exclusivamente a la población en función de los criterios establecidos por la Consejería de Snaidad y que debe entenderse con una medida extraordinaria y siempre en el contexto de un programa de salud pública de la comunidad autónoma, rechazándose, por tanto, la posibilidad de que se puedan realizar los test a demanda de cualquier ciudadano interesado al representar un uso distinto a la finalidad prevista por el fabricante.

Desde la Mesa de la Profesión Enfermera se reitera que las oficinas privadas de farmacia no reúnen en absoluto las condiciones adecuadas de seguridad para garantizar la protección de los ciudadanos a los que se pudiera realizar este tipo de pruebas, así como la del resto de clientes que acuden para adquirir un fármaco o cualquier otro producto de los que se encuentran a la venta (geles, cremas, champús, dentífricos…) e, incluso, la de los propios trabajadores.

“Está ya más que demostrado que el virus permanece en el aire y hay que considerar el alto riesgo que supone el momento de la realización de la prueba, ya que el usuario estará sin mascarilla y con el riesgo de que si está infectado pueda contaminar el aire y ser fuente del contagio para el resto de personas que visiten la farmacia”, añade.

Por ello, y dado que las personas que se van a realizar esta prueba en una oficina de farmacia deben haber sido derivados previamente desde un centro de salud, la Mesa insta a los profesionales sanitarios que trabajan en estos centros de la sanidad pública  que no lo hagan al tratarse de una práctica lucrativa de los empresarios farmacéuticos que conlleva una clara privatización y descapitalización de la sanidad pública.

En este sentido, lamenta la “voracidad lucrativa sin limites” del los responsables del Colegio de Farmacéuticos de Madrid que ya han propuesto también poder vender de manera indiscriminada los test al conjunto de la ciudadanía, además de poder realizar otras actuaciones asistenciales  destinadas a los enfermos crónicos o pluripatológicos, por ejemplo, que deben realizar en todo caso  profesionales sanitarios de Atención Primaria que tienen la cualificación  y competencias para hacerlo con todas las garantías.

La Mesa de la Profesión Enfermera recuerda que el rechazo a la realización de este tipo de pruebas en las oficinas privadas de farmacia ha sido defendido por la práctica totalidad de organizaciones profesionales y sociedades científicas de Enfermería y Medicina de nuestro país y así lo han compartido el conjunto de gobiernos de las comunidades autónomas con la única excepción del de Madrid que ha primado y favorecido los intereses de la empresa privada en lugar de preservar el bien general de proteger la salud y seguridad de las personas.

Por último, la Mesa incide en que, en lugar de favorecer una práctica empresarial oportunista e insegura que conlleva claramente la posibilidad de un aumento del número de contagios y, por tanto, de la transmisión de la enfermedad, el Gobierno que preside Isabel Díaz Ayuso debería gastar el dinero público en mejorar y fortalecer la Atención  Primaria para que  los profesionales de la sanidad pública competentes y cualificados para ello, como son las enfermeras, enfermeros y médicos, puedan realizar estas actuaciones asistenciales en las mejores condiciones y con todas las garantías.

Arxius

Butlletí

Butlletí

* Requerit

Reglament (UE) 2016/679 del 27 d’abril de 2016 (RGPD)


D’acord amb el que disposa el Reglament (UE) 2016/679 del 27 d’abril de 2016 (RGPD) i la normativa vigent en matèria de protecció de dades personals, els informem que les dades que figuren en la present comunicació estan incloses en un fitxer de tractament de dades titularitat de COL·LEGI D’INFERMERES I INFERMERS DE TARRAGONA. Aquestes dades seran utilitzades exclusivament per l'enviament de comunicacions que puguin ser del seu interès. Les seves dades no es comunicaran a tercers, excepte per obligació legal, i es mantindran mentre no sol·liciti la seva cancel·lació o oposició. L’informem que aquestes dades seran també compartides amb l’empresa MAILCHIMP, encarregada de l’enviament i gestió del NEWSLETTER. Si desitja deixar de rebre comunicacions, revocar el seu consentiment o exercir els drets d’accés, rectificació, portabilitat, oposició, limitació o cancel·lació, pot sol·licitar-ho, en qualsevol moment, enviant un correu electrònic a l'adreça de correu electrònic [email protected], indicant a l'assumpte "Baixa comunicacions newsletter" o comunicar-ho per escrit, sempre indicant les seves dades personals a AVDA. PAU CASALS, 13, 5è 43003, Tarragona. Té dret a presentar una reclamació davant l’autoritat de control si considera que poden haver-se vist vulnerats els seus drets en relació a la protecció de les seves dades (agpd.es).

Utilitzem Mailchimp com la nostra plataforma de màrqueting. En fer clic a continuació per a subscriure's, vostè reconeix que la seva informació serà transferida a Mailchimp per al seu processament. Obtingui més informació sobre les pràctiques de privacitat de Mailchimp aquí.